Al leer información sobre “personas
mayores”, es evidente que no se puede generalizar el concepto para todos los
habitantes de este Planeta ni para todos
los países, ya que en uno muy atrasado o
incluso en un país subdesarrollado las personas tienen una vida media muy
inferior a la de las personas de los países desarrollados, así como las
condiciones de vida de unos y otros son muy
distintas, la cultura y mentalidad de los pueblos también es diferente y se considera
mayor a una persona en función de diversos factores.
Para buscar una definición válida,
buscamos el concepto de persona y mayor en
un diccionario encontrando que “mayor” significa, de más edad
Asimismo al considerar “que es una persona mayor”, lo podemos enfocar desde un doble punto
de vista:
-
Externo, es decir
¿cuando considera la sociedad o consideramos que una persona de nuestro entorno
es mayor?
-
Interno, es decir
¿cuando interiormente nos vemos o sentimos como una persona mayor?
a)
Desde el punto de
vista exterior, la sociedad a través de La Constitución, y en Andalucía la Ley
de Atención y Protección a las Personas Mayores, vemos vejez, personas mayores,
tercera edad, jubilación, pero sin que haya una definición clara de persona
mayor o quede definida la edad a partir de la cual una persona es mayor, sino
simplemente a partir de que edad biológica (65 años) la sociedad considera
necesario proteger los derechos de esa persona como consecuencia de la edad.
La Constitución en su art. 50, al garantizar
mediante pensiones la
suficiencia económica de los ciudadanos da
a entender que la 3ª edad comienza
a
partir de la edad de jubilación
En el ámbito autonómico, la Ley 2/1.998 de
4 de abril al crear el Sistema
Público de
Servicios Sociales crea los Servicios Sociales Especializados para
la
promoción y bienestar de la vejez, nos habla concretamente de ella al citar:
“la vejez es compleja y heterogénea y es
fruto de la influencia de aspectos
biológicos, psicológicos y sociales y,
debe ser entendida como una fase mas
del ciclo vital, con la riqueza y la
diversidad que al igual que otras etapas de la
vida, posee”, concepto que recoge en cierto
modo la idea de persona mayor.
En dicha Ley también se cita en numerosos artículos a las
personas
mayores (art. 2) “Personas mayores de 65
años” y aunque no se concreta por
tanto el concepto de persona mayor, si especifica en diversos artículos
que la
aplicación de los artículos de esta Ley es
para personas que ya no tienen una
actividad laboral (jubilados), así como
presupone que ya antes de la edad de
jubilación era una persona mayor.
b)
Desde mi punto de
vista particular considero a una persona
mayor cuando se aprecia en ella un deterioro (en general físico), como
consecuencia del aumento de su edad
biológica, que hace a esa persona empezar
a sufrir una progresiva limitación o merma en su actividad física o mental
(ligera pérdida de capacidad física, y se inicia de forma casi imperceptible
una pérdida de memoria, capacidad para aprender cosas nuevas, etc.), separando
el concepto de mayor de la vejez o ancianidad que es la última fase de la vida
de una persona.
El concepto de anciano, concepto de uso
general al que no se cita en ninguna normativa por estar incluido dentro del de
persona mayor, considero que hay que diferenciarlo puesto que actualmente no
toda persona mayor es considerada como anciano y entendiendo la ancianidad como la última
fase de la vida de una persona que se caracteriza porque en mayor o menor grado
tiene forzosamente una dependencia de los demás o dependencia social (cuidador
familiar, residencia, etc.) como consecuencia del aumento progresivo de su edad
que le origina un deterioro funcional (biológico) y psicológico.
c)
Desde el punto de
vista interno, es muy difícil precisar cuando una persona se siente o se considera
mayor, pues mientras esa persona realiza su actividad laboral, no tiene una conciencia
clara de esa situación (a menos que empiece a sufrir algún tipo de enfermedad o
limitación), pero en general a medida que los hijos se incorporan al mundo
laboral, se pierde frecuencia sexual en las relaciones de pareja, o se acerca la
edad de jubilación (actual de 65 años), uno se va sintiendo mayor.
El cese en sus actividades laborales al
significarle un cambio total de
actividades en su vida, es la que marca en
mayor medida la frontera de
“mayor” y asocia la edad de jubilación con el concepto de mayor
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